Finanzas

Impuestos que pagan los Desarrolladores de Software como RESICO

Con el auge de los desarrolladores de software en México que prestan servicios al extranjero, surge la siguiente duda dentro de este sector, ¿Pueden tributar en el Régimen Simplificado de Confianza (RESICO)?, en este artículo explicaremos como funciona dicho régimen del SAT y cuales son sus bondades.

Competitividad de desarrolladores de software en México

En la actualidad muchas empresas establecidas en los Estados Unidos dedicas al desarrollo de software están en busca de talento alrededor del mundo, siendo los profesionistas mexicanos uno de los principales objetivos de dichas empresas. Lo anterior se debe a diferentes ventajas que ofrece México, como lo son:

  • Talento bilingüe y a un costo menor que en el mercado de los Estados Unidos
  • Diferencias de horario no significativas
  • Cercanía geográfica
  • Las diferencias culturales no son tan significativas
  • Estabilidad económica

En nuestra experiencia cada vez son más los profesionales mexicanos dedicados al desarrollo de software que prestan servicios a empresas en los Estados Unidos, por lo que hemos decido recomendar a dichos profesionistas tributar en el Régimen Simplificado de Confianza siempre y cuando cumplan con los requisitos establecidos por la Ley del Impuesto Sobre la Renta.

¿Qué requisitos debo cumplir?

Para poder tributar en el RESICO debemos de cumplir con los siguientes requisitos:

  • Obtener ingresos menores a los 3,500,000 pesos anuales.
  • Encontrarse activo en el RFC. 
  • Si se reanudan actividades, que en el ejercicio inmediato anterior los ingresos amparados en CFDI no hayan excedido los 3.5 millones de pesos.
  • Encontrarse al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones fiscales de acuerdo con el 32-D del CFF.
  • No encontrarse en los listados del 69-B (Listas negras del SAT).

La ley también contempla a ciertos contribuyentes que NO podrán tributar como RESICO los cuales se mencionan a continuación:

  • Sean socios, accionistas o integrantes de Personas Morales o cuando sean partes relacionadas en los términos del Artículo 90 de la LISR.
  • Sean residentes en el extranjero que tengan uno o varios establecimientos en el país.
  • Cuenten con ingresos sujetos a regímenes fiscales preferentes (ISR 75% menor que México 30%*75%=22.5%).
  • Perciban ingresos por:
    • Honorarios a miembros del consejo.
    • Asimilados a salarios
    • Honorarios por servicios prestados preponderantemente a un prestatario.
    • Prestadores de servicios independientes que opten por el régimen.
    • Personas físicas con actividades empresariales que opten por el régimen.

¿Cuánto ISR pagaría por tributar en el RESICO?

En enero de 2022 nace el Régimen Simplificado de Confianza (RESICO) el cual permite que las personas físicas con actividades profesionales tributen con tasas de ISR reducidas como se muestra a continuación:

El ingreso máximo de este régimen es de $3,500,000 pesos anuales, lo que se traduce en ingresos mensuales de $291,666 pesos, aproximadamente. En caso de que nos encontremos en el máximo nivel de ingresos estaríamos pagando el siguiente Impuesto Sobre la Renta de forma anual:

 Ingresos cobrados en el ejercicio3,500,000
( X )Tasa de ISR2.5%
( = )Impuesto anual87,500

Como podemos observar el impuesto total anualizado por un ingreso de 3,500,000 serian $87,500 muy por debajo del impuesto generado al tributar en el régimen de actividad empresarial y profesional o a través de una persona moral.

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