¿Qué es el Régimen de Arrendamiento?
Cuando eres dueño de un bien inmueble, ya sea una casa, edificio, departamento, local comercial, terreno o bodega, y decides rentarlo, te conviertes en arrendador. El Régimen de Arrendamiento es un marco fiscal que define cómo debes tributar por los ingresos que obtienes a través de la renta de estos inmuebles.
Base legal del arrendamiento
Conforme al Título Sexto, Capítulo I del Código Civil Federal, el arrendamiento se define como un acuerdo en el cual el arrendador (propietario) concede el uso y disfrute de un inmueble al arrendatario (inquilino), quien a su vez se compromete a pagar una suma determinada por este uso.
Conceptos clave en el arrendamiento
- Arrendador: Propietario del bien que recibe ingresos por permitir el uso de su propiedad.
- Arrendatario: Persona que paga por el derecho a usar el bien inmueble.
- Renta: Monto que el arrendatario paga al arrendador de forma periódica por el uso del inmueble.
- Subarrendamiento: Cuando el arrendatario renta el inmueble a un tercero, siempre con previa autorización del arrendador.
Beneficios del régimen de arrendamiento
- Acceso a Múltiples Regímenes Fiscales: Si obtienes ingresos tanto de arrendamiento como de actividades empresariales, puedes optar por tributar bajo el Régimen de Incorporación Fiscal, siempre y cuando el total combinado de tus ingresos no exceda los 2 millones de pesos anuales.
- Deducción Ciega: Este beneficio te permite deducir automáticamente el 35% de tus ingresos de arrendamiento, sin necesidad de detallar gastos individuales. Esta opción simplifica tu declaración y puede reducir la carga administrativa.
Obligaciones fiscales
Registro en el RFC
- Inscripción en el RFC: Es obligatorio inscribirse para poder declarar tus ingresos.
- Actualización de Datos: Debes mantener actualizada tu información en el RFC, especialmente si hay cambios de domicilio o en tus actividades económicas.
Declaraciones de impuestos:
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- ISR: Debes realizar pagos mensuales o trimestrales si tus ingresos no superan los $26,411.52 mensuales.
- IVA: En caso de arrendar locales comerciales o casas amuebladas, los pagos del IVA son mensuales.
- Declaración anual: Presentada cada abril, debe incluir todos tus ingresos y deducciones del año anterior.
- Declaración de operaciones con terceros (DIOT): Si tus ingresos anuales no excedieron los 4 millones de pesos el año anterior, estarás exento de presentar este informe y de enviar la contabilidad electrónica.
- Recibos de otros Ingresos: Si recibes pagos en efectivo, en moneda nacional, piezas de oro o de plata por un monto superior 100,000 pesos, debes informarlo.
- Pagos a empleados: Si realizas pagos por sueldos y salarios, debes declarar las retenciones de ISR realizadas a tus trabajadores.
Contabilidad y comprobantes fiscales
- Contabilidad: Se requiere para el registro y control del as deducciones y del cumplimiento fiscal.
- Emisión de CFDI: Cada renta debe ser documentada con una factura electrónica que incluya el número predial del inmueble.
- Comprobantes sin número predial: Si falta este dato, el comprobante no será deducible o acreditable.
Al inscribirte ante el SAT como arrendador bajo este régimen, debes cumplir con todas las obligaciones mencionadas. Comprender y aplicar correctamente el Régimen de Arrendamiento te permitirá no solo cumplir con la ley sino también optimizar tus beneficios fiscales.
Orientación SAT: Conoce tus obligaciones como arrendador